Nueva ley obliga a elegir el orden de los apellidos del recién nacido

Hablamos sobre la nueva Ley 20/2011 de 21 de julio, que obliga a elegir el orden de los apellidos del recién nacido a la hora de inscribirlos en el Registro Civil y que entrará en vigor el próximo 30 de junio. A continuación te damos todos los detalles.

Nueva Ley para elegir el orden de los apellidos de los bebés
Desde ABA Abogadas y de la mano de Anna Salort, especialista en Derecho de Familia y Derecho Civil, conocemos todos los detalles de la nueva Ley que obliga a elegir el orden de los apellidos del recién nacido, y que entrará en vigor el próximo 30 de junio.

En España, los recién nacidos son inscritos con dos apellidos, siendo el del padre el primero de ellos por defecto. Sin embargo, desde el año 2000, se permite que aquellas parejas que así lo quisieran, pudieran intercambiar dicho orden, es decir, inscribir al niño con el apellido de la madre primero y el del padre en segundo lugar.

Ahora la ley da un paso más, el próximo 30 de junio 2017 entra en vigor en España la Ley 20/2011, de 21 de julio del Registro Civil, obligando a los padres a que expresen el orden de los apellidos del recién nacido en la solicitud de inscripción llevaba a cabo en el Registro Civil.

A su vez, la Ley deja claro que los hijos pueden cambiar el orden de los apellidos a su gusto una vez que alcancen la mayoría de edad. Ya no es necesario el acuerdo entre los padres, al alcanzar la mayoría de edad, los hijos pueden decidir cambiar el orden de sus apellidos y ponerlos en el orden que elijan, algo que puede dar lugar a que haya hermanos con distinto orden de apellidos en la familia.

Ley para escoger el orden de los apellidos
Hay que añadir también que la nueva Ley en su artículo 57, ofrece la posibilidad de cambiar nombres y apellidos, de tal forma que se puede establecer el uso de los apellidos de ambos padres como primer apellido compuesto, ya sea siguiendo el orden padre-madre o madre-padre.

En contra de lo que sucede en la mayor parte de los países de la Unión Europea, España se ha caracterizado siempre por dar prioridad a los dos apellidos de los progenitores, siendo el del padre el que ocupaba el primer lugar. La sociedad ha ido evolucionando y una vez más lo hace hacia la igualdad y la tolerancia. Primero se permitió que las parejas, de mutuo acuerdo, pudieran cambiar el orden de los apellidos de sus hijos. Ahora, con la nueva Ley que entrará en vigor en pocos días, se obliga a decidir expresamente el orden de los mismos, y si no hay acuerdo, será el Encargado del Registro Civil el que decida.

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